Quince días para reclamar contra dos modificaciones cuyo importe no se publica
- Órgano
- Pleno extraordinario 11-09-2026 · BOCM 15-09-2026
- Expediente
- 18/2026 CE y 19/2026 SC
- Plazo
- Quince días desde el 15 de septiembre. El anuncio no precisa si son hábiles; conviene confirmarlo en el Ayuntamiento y no apurar.
- Se aprueban inicialmente un crédito extraordinario y un suplemento de crédito, dos expedientes distintos y simultáneos.
- Ninguno de los dos anuncios publica importe, partidas afectadas ni vía de financiación.
- Son los expedientes número 18 y 19 del año, lo que sugiere un presupuesto que se reconduce continuamente; esto último es una inferencia.
- El plazo de reclamación ante el Pleno es de quince días desde la publicación del 15 de septiembre.
Es el trámite de esta tanda donde una alegación todavía puede llegar a tiempo, y a la vez el peor documentado: para alegar hay que ir físicamente a consultar el expediente, porque el anuncio no da ni una cifra sobre la que discrepar. El plazo de participación más útil coincide con el anuncio menos informativo.
- Todo el municipio