El IBI y las reglas de cobro cambian: falta saber en qué
- Órgano
- Pleno 18-09-2026
- Plazo
- Alegaciones · cios de este Ayuntamiento durante treinta días, contados a partir de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y en un periódico de di- fusión en la Comunidad de Madrid y localidad, dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expediente en el Departamento de Gestión Tributaria y presentar las reclama- ciones que estimen oportunas, conforme dispone sin fecha calculada
- El Pleno aprobó provisionalmente modificar la ordenanza del IBI y la ordenanza general de gestión, inspección, recaudación y revisión.
- Cada expediente se expone durante treinta días y puede consultarse en Gestión Tributaria; se anuncia su texto en el portal de transparencia.
- Sin reclamaciones, los acuerdos provisionales se considerarán definitivos.
Los propietarios necesitan comparar tipos y bonificaciones antes de saber si cambia su recibo. La ordenanza general afecta también a quienes gestionan pagos o recursos, pero el anuncio no permite identificar qué reglas se modifican. No acredita una subida ni fija aquí un ejercicio de aplicación. La información decisiva está en dos expedientes distintos, no en estas publicaciones del 1 de octubre.
- Propietarios de viviendas y locales
- Contribuyentes que gestionan pagos y recursos