Cambia la ordenanza del IBI y desaparece la tasa de vados: 30 días para opinar
- Órgano
- Pleno 17-09-2026
- Plazo
- Alegaciones · vence el 5 de noviembre de 2026 (Durante el periodo de información pública por plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, los interesados podrán examinar el expediente en la Secretaría General del Pleno y formular las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas.)
- Aprobación inicial de una modificación parcial de la ordenanza fiscal del IBI.
- Aprobación inicial de la supresión de la tasa de entrada de vehículos por aceras y de la derogación de su ordenanza.
- El expediente se puede examinar en la Secretaría General del Pleno.
Toca a todo propietario y, en el caso del vado, a casi cualquier vivienda con garaje. Suprimir la tasa debería suponer un ahorro para quien la paga, pero el anuncio no dice en qué sentido cambia el IBI (tipo, bonificaciones), ni cuánto dejará de ingresar el Ayuntamiento, ni cómo quedará el recibo de cada hogar. Sin abrir el expediente no se puede saber si el conjunto es una rebaja o un reajuste.
- Propietarios de inmuebles
- Titulares de vados